HISTORIA DEL RECRECIMIENTO DE YESA

En el año 1976 se elabora el llamado “Estudio de recrecimiento de la Presa de Yesa”, constituyendo el primer estudio efectuado en previsión al aumento de la demanda futura del embalse.

Consciente de la insuficiencia de regulación del embalse de Yesa, debido al paulatino aumento de la demanda, el Ministerio de Obras Públicas elaboró el “Proyecto de recrecimiento de la presa de Yesa sobre el río Aragón”, terminándose en el año 1983, el cual contemplaba un aumento de la capacidad del embalse hasta un máximo de 1.525 Hm3, al objeto de asegurar la demanda de los regadíos actuales y futuros de Bardenas, la diversificación del abastecimiento a Zaragoza, laminación de avenidas, mantenimiento de caudales mínimos medioambientales en los ríos Aragón y Ebro, así como garantizar las demandas de los regadíos tradicionales de los regadíos del Eje del Ebro (Canal de Tauste e Imperial)

En 1992 fué declarada obra de interés general por el Gobierno de la Nación, y estas nuevas necesidades de regulación fueron reconocidas y aprobadas por todos los partidos políticos de las Cortes de Aragón en el llamado “Pacto del Agua en Aragón” el 30-6-1992.

En el año 1993 se elabora el primer modificado del proyecto y en mayo de ese año se sometió a información pública el Estudio de Impacto Ambiental. Sin embargo, y tras el periodo de alegaciones, no llegó a emitirse la Declaración de Impacto Ambiental. Esta situación se produjo como consecuencia de la alternativa de regulación apoyada por el Gobierno de Aragón y otros colectivos aragoneses en el año 1987, consistente en la construcción del embalse de Embún, el cual tampoco llegó a construirse por ser inviable dicha solución de regulación.

Por tanto desde el año 1993, el expediente del proyecto del recrecimiento de Yesa ha estado paralizado hasta el año 1997 en el que se reinició la tramitación.

En 1994 mediante Resolución de 5-10-1994 de la CHE, se elabora el “Estudio de Funcionamiento del embalse de Yesa y del Canal de Bardenas”, del cual se desprende una grave falta de regulación del embalse de Yesa para atender la demanda, estableciendo unas prioridades de uso para los distintos usuarios para épocas de escasez del recurso.

Mas tarde dicha obra con la aprobación del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro aprobado por Real Decreto 1664/1998 de 24 de Julio, se recoge como obra prioritaria al recrecimiento de la presa de Yesa, y en la Orden de 13-8-1999 del MIMAM se regula en sus artículos 53 y 70 las asignaciones de recursos del embalse de Yesa actual y una vez recrecido, respecto a un horizonte de 10 años y de otro de 20 años.

En el BOE nº 97 de 23-4-99, se publicó la Resolución de 30-3-99, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del Ministerio de Medio Ambiente por la que se formula declaración positiva de impacto ambiental sobre el proyecto de recrecimiento de la presa de Yesa de la Dirección General de Obras Hidráulicas, en el cual se cita textualmente: “ El Proyecto de recrecimiento de la presa de Yesa, sobre el río Aragón, consiste en la construcción de una nueva presa, de materiales sueltos, cuya coronación se sitúa a la cota de 528,7metros, que utiliza la actual presa de Yesa como repié del talud aguas arriba y crea un embalse de 1.525 Hm3 de volumen hídrico.” (DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL)

En el BOE nº 136 de 8-6-99, se publicó Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, del Ministerio de Medio Ambiente, por la que se anuncia concurso de obra con proyecto del recrecimiento de la presa de Yesa sobre el río Aragón, así como adenda con medidas correctoras de impacto ambiental y plan de restitución territorial de su entorno. En dicha licitación se establece una fecha límite de presentación de ofertas hasta el 13-1-2000. (LICITACIÓN DEL PROYECTO)

En fecha 12-12-2000 el Ministerio de Medio Ambiente emite Resolución de aprobación definitiva del expediente de información pública del “Proyecto de Constr