Reforestación embalses laterales
Proyecto de Reforestación del entorno de los embalses laterales de Bardenas: Malvecino y Laverné.
En la Comisión de explotación de los embalses laterales compuesta por dos miembros de ACESA y dos de la Comunidad General, se trató sobre la conveniencia de reforestar los alrededores de los embalses, y todo ello al objeto de mejorar la calidad del entorno natural, del medio ambiente y de la belleza paisajística que puede potenciar los usos recreativos que en un futuro se puedan habilitar en relación con los embalses.
En la sesión de la Comisión del Agua de Aragón celebrada en fecha 4-4-2006 se aprobó el Dictamen de la Ponencia de “ Bases de la Política del Agua” para presentar al Pleno de la Comisión, la cual considera el agua como elemento de desarrollo social y económico del medio rural y entre otras destacan las siguientes bases: 15.1.- Establece que Aragón debe dedicar un esfuerzo permanente de protección, conservación y restauración de los espacios naturales como patrimonio especialmente importante del medio rural. La base 15.2. establece que la gestión del territorio tiene que adoptar medidas concretas de protección de los ámbitos mas sensibles con el agua, singularmente las cabeceras de los ríos, el dominio público hidráulico y entorno de los embalses, las zona húmedas y los espacios naturales de interés dependientes del recurso hídrico. La 34.2 establece que las administraciones públicas deben impulsar el uso las prácticas deportivas y recreativas ligadas con el agua, por su contribución al desarrollo rural, y las bases 97 y 98 hablan de que la política de restauración hidrológico forestal y de protección del suelo es la única que permite corregir los mecanismos generadores de la degradación de los cauces, por lo que es necesario poner en marcha un programa de conservación de cauces rurales que contempla, entre otras actuaciones la reforestación del entorno de los embalses.
La Comunidad General es promotora de este proyecto, habiendo obtenido autorización del Organismo de Cuenca para la realización de la revegetación en zona de domonio público hidráulico y la autorización medioambiental por parte de la D.G.A.