La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto desestimar el recurso de casación presentado en 2003 por el Ayuntamiento de Artieda sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de octubre de 2003, en la que se denegaba las medidas cautelares solicitadas que hubieran paralizado las obras del recrecimiento de Yesa por afección al Camino de Santiago. El Tribunal Supremo entiende que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón acertó en valorar los intereses en conflicto, ya que entendió que debía prevalecer el interés general de la obra frente a la defensa del patrimonio cultural. El Tribunal condena al Ayuntamiento de Artieda en costas. Una vez mas, los tribunales dan la razón a la Comunidad General y desestiman las argucias argumentadas por el Ayuntamiento de Artieda, Asociación Rio Aragón y resto de organizaciones de la denominada "Nueva Incultura del Agua". Efectivamente, los peregrinos utilizaban numerosos caminos para llegar a Santiago de Compostela, muchos de ellos pasaban bastante alejados del embalse de Yesa, no solo por donde pretendian hacer creer los colectivos anti recrecimiento de Yesa para impedir la obra.