Organos Colegiados y Organigrama

Órganos colegiados
 
Junta General

Según lo establecido en la Ley de Aguas, constituye el órgano colegiado soberano de la Comunidad correspondiéndole todas las facultades no atribuidas específicamente a la Junta de Gobierno. Los acuerdos adoptados por la Junta General se comunican a la Junta de Gobierno para que los ordene cumplir a la estructura administrativa organizacional.

 

Jurado de Riegos

No es un órgano de gestión por lo que no forma parte del organigrama de gestión, aunque sus vocales son elegidos por la Junta General y su Presidente por la Junta de Gobierno.

Los Jurados de Riegos de las Comunidades de Regantes constituyen un órgano colegiado, y tanto la vigente Ley de Aguas como numerosa jurisprudencia le otorgan una naturaleza jurídica de verdadero Jurado de carácter administrativo, correspondiéndole la función de juzgar todas las presuntas infracciones de las Ordenanzas, cometidas por los usuarios del sistema hidráulico en materia de aguas y obras. Sus fallos solamente son susceptibles de revisión por el propio Jurado y son recurribles directamente ante la vía contencioso administrativa, lo cual da idea de su independencia del resto de órganos colegiados de la Comunidad e incluso de la propia Confederación Hidrográfica del Ebro.

 

Junta de Gobierno

Es la encargada de hacer cumplir lo establecido en las Ordenanzas, sus propios acuerdos, los de la Junta General y los del Jurado de Riegos, los cuales son comunicados a la estructura administrativa organizacional para su ejecución. Es el órgano colegiado que desempeña la importante función de adoptar los acuerdos de gestión de la Comunidad.

 

Comisión Permanente

Es el órgano encargado de estudiar y preparar todos los temas relacionados con todas las áreas de trabajo de la Comunidad, informando y proponiendo la adopción de los acuerdos oportunos a la Junta de Gobierno.

En casos de urgencia y previa delegación autorizada por la Junta de Gobierno, la Comisi&oac